viernes, 9 de noviembre de 2012

Prospectiva para una Mendoza Segura


“En definitiva, hacer “prospectiva”, es tener la “perspectiva” de un proyecto”


  1. DESCRIPCIÓN GENERAL
La Seguridad, que es un problema de todos,  deviene de un principio del Derecho Natural: la defensa de la vida.
Su normativa se encuadra dentro del Derecho Positivo.
Las instituciones tienen la obligación básica de preservar la Seguridad con su accionar.
En la actualidad, la conjunción de situaciones de hecho tales como la aplicación de un garantismo exagerado y una permisividad que raya en la decadencia, sumado a la carencia de educación y los efectos de la drogadicción, conforman una situación donde se transita por el borde de lo que podríamos llamar la “apología del caos”.
Por consiguiente debe quedar entendido que la Seguridad, así como se trata de un tema en donde todos tenemos participación,  es una función indelegable del Estado.


  1. OBJETIVOS A ALCANZAR
·         Preservar el orden público.
    • Asegurar la prevención de los delitos, así como la aplicación del Derecho.
    • Optimizar la capacidad operacional de los organismos de Seguridad.
    • Enfrentar al delito en forma integral (dentro del ámbito del que se trate, y en interrelación con los niveles superior, paralelos e inferior: coordinaciones, operativos conjuntos y simultáneos, amplitud de las medidas, en todos los temas de Seguridad)

  1. POLÍTICAS
·         Es básico y elemental tener conciencia que para la conducción de cualquier organismo, se requiere ameritar con solvencia  las aptitudes ocupacionales necesarias e inherentes al cargo, ya que muchas veces es alarmante ver que las designaciones recaen en personas solo “de confianza”, (cuadros políticos); y esto en la Seguridad se paga con la vida de los ciudadanos y la proliferación del delito.
·         Nueva Política de Seguridad, basada en un giro estratégico interno consistente en cambiar la actitud defensiva actual por una actitud netamente ofensiva.
·         Disponer sin titubeos de todos los instrumentos a disposición del Estado que se trate (Nacional, Provincial y/o Municipal), a fin de combatir las amenazas.
·         Jerarquizar cautamente los organismos de Seguridad mediante la adecuada valoración profesional de sus integrantes, reconociendo el  esfuerzo que realizan  (cuando corresponda), y propendiendo a su educación (primordial) y  capacitación;  así como a su integración efectiva con la comunidad. A la vez, sancionar o promover severas penalidades para con los integrantes que se aparten del cumplimiento de sus funciones.
·         Educar, prevenir y sancionar, enfrentando al delito en sus causas y efectos.
·         Promover la participación ciudadana en la lucha contra la delincuencia, entendiéndose por tal la coordinación y cooperación entre la comunidad y las fuerzas de Seguridad.

  1. MEDIDAS INMEDIATAS PARA CADA MUNICIPIO PARA LA COYUNTURA (Solo se enuncian)

o   Crear un órgano de Dirección de Seguridad a nivel municipal, dependiente en forma directa del señor Intendente.
o   Prevenir y Controlar la tenencia ilegal de armas,  produciendo mediante sendos operativos el desarme de toda la población que no acredite tenencia y portación.
o   Adoptar una actitud netamente ofensiva para enfrentar la delincuencia, sin perder de vista el equilibrio entre la prevención necesaria y la represión justa y adecuada a las conductas delictivas, dentro del marco de la Constitución y las leyes.
o   Continuar con el Plan de Cámaras y Domos dependientes de un CC Centro de Control)
o   Descentralizar la ejecución de las operaciones necesarias, sin perder de vista la centralización en la conducción de las mismas para evitar situaciones no deseadas. O sea: Conducción centralizada en el más alto nivel municipal – Ejecución descentralizada.


  1. INSTRUMENTOS PARA EL DESARROLLO DEL PLAN ESTRATÉGICO

·         El Plan Estratégico de seguridad estará encuadrado dentro del necesario marco jurídico penal, procesal y contravencional.
o   Poder Judicial y Ministerio Público coordinados hacia la justicia y la seguridad.
§  Penas prometidas son penas aplicadas, penas aplicadas serán penas cumplidas.
§  Oficinas de recepción y tratamiento de denuncias.
§  Ministerio público adecuado a la exigencia social.
§  Sistematización e integración de funciones de Jueces y Fiscales.
§  Principio de oportunidad en materia penal.
§  Unificación de los sistemas procesales penales

o   Duplicación de la capacidad carcelaria y construcción de centros de detención adecuados para menores.

o   Conforme al nivel de gobierno del que se trate, implementación total de los programas de informatización del control de ingresos y egresos por fronteras, y del control de permanencia de extranjeros, así como la puesta en marcha del plan de radarización para el adecuado control del espacio aéreo nacional, iniciativas indispensables para reforzar la lucha contra el terrorismo y el narcotráfico.

·         Adopción de las siguientes medidas puntuales, según los siguientes ámbitos:

o   En el ámbito del Poder Judicial
§  Imponer controles estrictos a jueces de todas las instancias del fuero penal y sus fiscales, para transparentar de forma entendible, popular y masiva las acciones y decisiones de los mismos en el ejercicio de sus funciones, estableciéndose desde la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, criterios claros en materia de interpretación de normativa penal, procesal penal y de cumplimiento de condenas penales.
§  Establecimiento de Fiscalías con competencia exclusiva en materia de cumplimiento de condenas penales, en el ámbito de los Juzgados de Ejecución Penal.
§  Notificación a la Procuración de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza de cada inicio de trámite de solicitud de excarcelación de condenados por delitos contra la vida, al momento de comenzar el mismo.

o   En el ámbito del Poder Ejecutivo
§  Dotar de los recursos necesarios al Organismo Técnico Criminológico, en forma inmediata y mediante contrataciones transitorias, con el objeto de permitir a dicha repartición el adecuado cumplimiento de la finalidad para la cual ha sido creada.
§  Ejecutar los actos administrativos necesarios para dotar al Organismo Técnico Criminológico, en forma definitiva,  de los medios  materiales  necesarios para permitir a dicha repartición el adecuado cumplimiento de la finalidad para la cual ha sido creada, rediseñando la estructura del mismo en caso de resultar preciso, atento a los actuales requerimientos que dicha repartición debe atender.
§  Reglamentación y entrada en vigencia efectiva de la Ley de Asistencia de Víctimas de Delitos.
§  Jerarquización y dignificación de los funcionarios de la Policía de Mendoza, promoviendo acciones concretas a favor del bienestar social de los mismos y sus grupos familiares, como así también proveer a la protección jurídica de los efectivos vinculada a su accionar en el cumplimiento de sus funciones. Implementar inmediatamente un plan integral de capacitación, recapacitación y entrenamiento, vinculado a promoción de grados y salarios, que adecue la capacidad operativa y compromiso ideológico del personal a la circunstancia de emergencia actual.
§  Diseñar un plan de inversiones para el establecimiento de un sistema penitenciario provincial acorde con las exigencias de la normativa nacional e internacional en materia de derechos humanos, dotando a su vez en forma inmediata a dicho sistema de los recursos materiales necesarios para la adecuación y mejoramiento inmediato de las condiciones de prisión y resocialización de todos los internos, comenzando por los no reincidentes.

o   En el ámbito del Poder Legislativo
§  Dictar una ley que establezca un sistema provincial de cumplimiento de condenas penales, derogando la Ley provincial vigente, que implementó la Ley Nacional N° 24.660
§  Dar tratamiento urgente y prioritario a los proyectos de ley, en el estado en que estos se encuentren, vinculados a los temas de seguridad y modificación del Código Procesal Penal de la Provincia de Mendoza.
§  Dar tratamiento al proyecto de ley que permitiría determinar el origen de los fondos ofrecidos en carácter de fianza para la liberación de detenidos y condenados por delitos contra la vida, como así también a los utilizados para abonar honorarios profesionales en los mismos casos.

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