Durante los últimos diez años, me he preocupado por
abordar la temática que hoy nos ocupa, ya sea a través de artículos publicados,
foros empresariales, consultorías y asesoramientos efectuados, ámbitos
académicos específicos, y también en distintas entrevistas laborales ante
postulaciones para una posición específica.
Si bien es cierto que lo que detallaré a continuación
se considera “básico” en el mundo del management al tratar las estructuras de
las organizaciones, cuando las empresas definen una posición ante la necesidad
de una búsqueda relacionada con la Seguridad (security), a menudo no tienen en
cuenta cual será la misión que quien ocupe esa posición deberá cumplir, y por
ende las funciones que se desprenderán de esa misión.
A los fines del desarrollo de este artículo,
definiremos como misión la “razón de
ser” de la posición o cargo, y como funciones,
la “descripción de todas y cada una de las facetas que la persona a cargo deberá
satisfacer” a los fines de cumplir con esa misión.
Entendemos por Seguridad Empresaria, aquella situación
en la cual los intereses vitales de
la empresa se hallan a cubierto de “interferencias y perturbaciones
sustanciales”. De lo expresado se infiere que es una actividad engoblante, abarcativa, que comprende
al objeto de su accionar (la empresa misma como un todo), para poder generar
las condiciones que le permitan optimizar su rendimiento sin incidencias no deseadas. Consecuentemente, la Seguridad
Empresaria, ejercida por un verdadero profesional del área, es esencial para la
preservación de la entidad de la empresa.
La gestión de la seguridad implica conjugar secuencial
y armoniosamente las acciones de planeamiento, organización, dirección, control
y coordinación, conceptos en los cuales ya me he explayado en artículos
anteriores.
Basten estos conceptos para comprender la magnitud y
el alcance del management en la materia.
Ahora bien, cuando observamos las búsquedas laborales
que en forma cada vez más intensa se efectúan en los distintos medios del
mercado, referidas a Seguridad, es común que el pedido sea “responsable de
seguridad”, lo cual no define nada más que el ámbito, ya que siempre el que
ocupa un cargo es responsable por él, o por lo general se observa también el
pedido de “jefe de seguridad”, con lo cual, si quien ocupa el cargo es el único
especialista dentro de la empresa, se limita significativamente la función y la
empresa no hace un aprovechamiento adecuado de un recurso que se supone valioso, si se comparte lo expresado
hasta acá.
Veamos un ejemplo, si bien será simplificado a los fines de la interpretación:
las áreas de recursos humanos, operaciones y finanzas, pueden contar
eventualmente en su estructura y conforme a la magnitud de la empresa, con un
director, un gerente y un jefe por cada área. Pero es común que el área de
seguridad solo disponga de un “responsable”, que en la mayoría de los casos
tendrá la categoría de Jefe. Posiblemente dependa de RRHH, con lo cual
difícilmente se entere qué es lo que a la alta dirección le interesa a
cada paso preservar (en su más amplio concepto), o tal vez dependa de
Operaciones, con lo cual jamás podrá interactuar eficientemente en el más alto
nivel para obtener el apoyo que la ejecución de las medidas de seguridad que
implemente requieran, y limitará su tarea a lo mucho que esa área le imponga,
descuidando la “entidad empresa” (¡¡¡ todo el resto !!!). ¿ Quién se ocupará
entonces de la llamada inteligencia interempresaria, investigaciones
corporativas, procederes internos del personal en lo que hace a su apoyo a la
esencia de la actividad que esa empresa desarrolle, (fraudes, hurtos, etc.), relaciones
con la comunidad dentro de su ámbito (fuerzas de apoyo, aseguradoras, asuntos
legales, etc), seguridad personal de los ejecutivos, informes de antecedentes, otras
acciones específicas propias del ámbito de la seguridad ?
Por otra parte, es más común que lo deseable, hallar
que en algunos casos se desconoce cuáles son las diferencias entre Dirección,
Gerencia y Jefatura, lo cual, si lo expresado tuviera validación, sustentaría
la necesidad de analizar cuidadosamente este artículo, y se arribaría
claramente a la conclusión de que quien ocupe el área de Seguridad en una
empresa, necesariamente tiene que depender del máximo nivel, única forma de
encontrar sustento en su accionar englobante.
En tal sentido, el cuadro que se muestra a
continuación, constituye solo una aproximación que, con las correcciones a que
diera lugar, debería ser tenido en cuenta a la hora de definir la conformación
del órgano de dirección de Seguridad en la estructura de una organización
empresarial privada.
DIRECCIÓN
|
GERENCIA
|
JEFATURA
|
Establece lineamientos Estratégicos para su
área, en función de los objetivos empresariales.
|
Elabora, prueba e implementa normas y procedimientos
para el cumplimiento de los objetivos de su área.
|
Ejecuta actividades, tareas y servicios
puntuales.
|
Imparte Directivas “per-se”
|
Gestiona el área a su cargo en todas sus
interrelaciones e implicancias, y desarrolla el Planeamiento operativo
|
Ejecuta las acciones “eventuales”
|
Muy amplia libertad de acción
|
Adecuada libertad de acción
|
Limitada libertad de acción
|
Pensamiento y Liderazgo
|
Gestión
|
Ejecución
|
Supervisión y eventual corrección de
directrices
|
Supervisión, Control y Ejecución
|
Ejecución y Control
|
“Qué”
|
“Cómo”
|
“Con qué”
|
Posibilidades
|
Probabilidades
|
Hechos ciertos
|
Incertidumbre
|
Riesgo
|
Certeza
|
Objetivos
|
Medios y objetivos
|
Medios
|
Creación
|
Administración
|
Ejecución
|
Si lo expresado
requiriese de una mayor claridad, y conforme al tipo, magnitud y esencia de la
actividad de la empresa que se trate, podríamos decir, por ejemplo, que el
cargo debería ser:
- Directivo, si tuviera que abarcar la Seguridad de más de una empresa del
mismo grupo (holding); es decir, si fuera necesaria su ingerencia en
asuntos de Seguridad que excedieran a los propios de la empresa núcleo que
lo contrata.
- Gerencial, en el caso de que tuviera que abarcar todos los asuntos de
seguridad exclusivamente de la empresa que lo contrata, en forma integral.
- Jefatura dependiente de una gerencia, si se limitara el objeto del accionar
de la Seguridad únicamente al ámbito de las operaciones de la empresa que
se trate.
Este último caso, tal vez pudiera llevar consigo un no
aprovechamiento completo del esfuerzo que la empresa empeña en contratar un recurso
de alta especialización, y esto fundamenta la importancia de este artículo.
Debemos tener en cuenta que, cuando se analiza una
organización y se ve en detalle su estructura, es la Misión (en términos de objetivos a alcanzar) la que nos debe
“iluminar” para definir la Estrategia
a adoptar para alcanzar los objetivos, y es siempre esta última la que
determina la Estructura.
A modo de conclusión, unas pocas ideas básicas: El
área de Seguridad requiere, necesariamente, ser conducida por personal idóneo.
La inserción del órgano de seguridad en la estructura
de la organización requiere de un meticuloso análisis, asignándole la misma
importancia que al resto de los campos de la conducción empresarial. Una
decisión en tal sentido facilitará la creación de las condiciones para el sano
desarrollo de la empresa, anticipándose en forma preventiva a perturbaciones
exógenas, y optimizando el máximo aprovechamiento de los recursos disponibles.
Nada de lo expresado puede materializarse sin una
Seguridad que incluya una permanente revisión innovadora y el eventual rediseño
de los procesos, y estas acciones difícilmente se lleven a cabo en el nivel de
una jefatura.
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